Tribunal ordena a De la Espriella retirar símbolos patrios de su campaña
El Tribunal Superior de Bogotá ordenó al candidato presidencial Abelardo De la Espriella retirar en un plazo de 24 horas toda la publicidad electoral que utilice la bandera de Colombia, el escudo nacional y otros símbolos patrios. La decisión fue adoptada como medida provisional dentro de una acción de tutela que cuestiona el uso de estos elementos en la campaña presidencial.
Un nuevo capítulo judicial sacudió la campaña presidencial de Abelardo De la Espriella luego de que el Tribunal Superior de Bogotá ordenara el retiro inmediato de piezas publicitarias que incorporan símbolos nacionales en actividades de promoción electoral. La medida cautelar fue emitida en el marco de una acción de tutela presentada por un ciudadano que considera vulnerados principios relacionados con la libertad del voto y la igualdad electoral.
La decisión judicial establece que, en un plazo máximo de 24 horas, el candidato, su fórmula vicepresidencial y el movimiento político que lo respalda deberán retirar toda publicidad que incluya la bandera de Colombia, el escudo nacional y demás símbolos representativos de la Nación. La orden también cobija imágenes asociadas a instituciones militares y policiales, así como emblemas y saludos de carácter castrense.
Asimismo, el tribunal dispuso la suspensión del uso de expresiones como “Firmes por la Patria” y “Defensores de la Patria”, al considerar que su utilización dentro del contexto electoral podría generar interpretaciones relacionadas con la apropiación de símbolos e identidades que pertenecen a todos los colombianos.
La tutela fue promovida por el ciudadano Dylan Lizarazo Ramos, quien argumentó que el uso de estos elementos en la campaña presidencial podría afectar la libertad de elección de los votantes. Según el accionante, la estrategia publicitaria transmitiría la idea de que quienes no respaldan esa candidatura estarían actuando en contra de los intereses de la Nación.
En su análisis preliminar, el Tribunal Superior de Bogotá concluyó que existe una situación de urgencia que justifica la adopción de medidas provisionales mientras se resuelve de fondo la acción constitucional. La corporación consideró necesario evitar una posible afectación a los derechos invocados antes de emitir una decisión definitiva.
Los magistrados también señalaron que la orden no limita la participación democrática del candidato ni restringe su derecho a difundir propuestas políticas. Por el contrario, indicaron que la campaña cuenta con múltiples mecanismos legales para promover su programa de gobierno sin recurrir al uso de símbolos patrios cuya utilización en propaganda electoral es objeto de controversia jurídica.
Dentro de los antecedentes revisados por el tribunal figura una denuncia radicada ante el Consejo Nacional Electoral en octubre de 2025, mediante la cual se cuestionaba el presunto uso de símbolos nacionales en actividades proselitistas. Según el documento, esta práctica estaría restringida por la normatividad electoral colombiana.
Finalmente, el alto tribunal sostuvo que la medida busca preservar la equidad entre los candidatos que participan en la contienda presidencial y proteger el valor institucional de los símbolos nacionales. Mientras se resuelve la tutela de fondo, la decisión abre un nuevo debate sobre los límites de la propaganda política y el uso de elementos que representan la identidad y soberanía del Estado colombiano.