Juzgado ordena a Petro no intervenir en campaña presidencial mediante canales oficiales
Una medida provisional emitida por el Juzgado Veintinueve Laboral del Circuito de Medellín ordenó al presidente de la República, Gustavo Petro, abstenerse de utilizar recursos, plataformas y escenarios institucionales para influir en la segunda vuelta presidencial, con el fin de garantizar la igualdad entre los candidatos y proteger la transparencia del proceso electoral.
El Juzgado Veintinueve Laboral del Circuito de Medellín admitió una acción de tutela presentada contra el presidente Gustavo Francisco Petro Urrego y, como medida provisional, le ordenó abstenerse de utilizar recursos, bienes, canales y plataformas vinculadas a la Presidencia de la República para intervenir en el actual proceso electoral.
La decisión judicial fue adoptada en medio de la recta final de la campaña presidencial y busca garantizar que los principios de neutralidad, transparencia e igualdad entre los candidatos sean respetados durante la segunda vuelta prevista para el próximo 21 de junio.
Según el despacho judicial, el mandatario no podrá emplear alocuciones presidenciales, eventos oficiales, espacios institucionales ni otros mecanismos financiados o respaldados por el Estado para emitir mensajes que favorezcan o perjudiquen a cualquiera de los aspirantes a la Presidencia.
La medida también se extiende al uso de la red social X cuando esta sea utilizada en ejercicio de sus funciones como jefe de Estado. En ese sentido, la orden busca impedir que los canales de comunicación institucional se conviertan en herramientas de participación dentro de la contienda electoral.
La jueza Anny Carolina Goenaga Peláez argumentó que una eventual intervención del presidente podría generar desequilibrios entre los candidatos y afectar el derecho de los ciudadanos a ejercer un voto libre e informado, sin presiones provenientes de las instituciones del Estado.
Asimismo, el fallo provisional establece que el mandatario deberá abstenerse de difundir afirmaciones relacionadas con un eventual fraude electoral sin que existan pruebas suficientes que respalden dichas declaraciones, con el fin de proteger la confianza pública en el proceso democrático.
La Presidencia de la República ya fue notificada formalmente sobre la decisión y contará con un plazo de dos días para presentar sus argumentos y pronunciarse frente a la acción constitucional que actualmente estudia el despacho judicial.
Finalmente, el juzgado advirtió que el incumplimiento de la medida podría derivar en actuaciones por desacato y las correspondientes sanciones previstas por la ley. Mientras continúa el trámite de la tutela, la decisión ha generado amplio debate político y jurídico sobre los límites de la participación de los servidores públicos en tiempos electorales.
